Resumen en diálogo con Carlos Mira en Mira quién Habla:
C.M: Quería analizar las consecuencias, los efectos del fallo de la Corte.
D.F: Primero si te parece, hacemos una pequeña reseña de lo que es el per saltum. Per saltum es una voz latina que significa por salto o salta de instancia y es un recurso atípico para presentar una causa ante la corte suprema de la nación sin que haya sido resuelto antes una apelación vía tribunal superior. El per saltum lo que hace es habilitar la posibilidad de un atajo legal para llegar rápidamente a la resolución del máximo tribunal, que va a ser el que en definitiva tenga la última palabra, sin que en el camino las resoluciones queden sin efecto práctico una vez resueltas. El recurso puede ser admitido cuando quien lo plantea tiene alguna cuestión que linde con la gravedad institucional. La Corte acá claramente cuando admitió este per saltum presentado por el juez Castelli, lo que dijo es que la gravedad institucional está dada, que esto va a fijar un procedimiento claro y concreto respecto al traslado de los jueces.
C.M: ¿La decisión de la Corte interrumpe los planes del gobierno con respecto a los decretos que dictó el presidente desplazando a los jueces de donde estaban y preparándose para nombrar otros? ¿vuelven a sus puestos?
D.F: Hoy mismo vuelven. Interrumpe los decretos del gobierno, porque la Corte lo que hizo fue aceptar el tratamiento del per saltum y mientras lo trata, dictó una medida cautelar que prohíbe trasladar a los jueces y designar jueces nuevos en su lugar.
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