C.M: La Cámara en lo Comercial dejó sin efecto las dos resoluciones que dictó la Inspección General de Justicia (IGJ), mediante las cuales le imponía a las sociedades anónimas que designaran igual cantidad de mujeres que de hombres en sus directorios ¿Qué ocurrió a partir del fallo de la justicia?
G.M: Es un tema que es de derecho administrativo, un derecho gris y comercial y societario. Acá sucedió lo siguiente: Ricardo Nissen dicto dos resoluciones, la resolución 34 y la 35 de paridad de género, que de alguna manera se dice que es una reglamentación administrativa vinculada al ejercicio del poder de policía estatal. ¿Qué es lo que quiso hacer? Él dijo en esas resoluciones que las sociedades, asociaciones, fundaciones pudieran tener o deberían tener una presencia equilibrada de mujeres y hombres en sus directorios. Estas resoluciones de por si son, a mi forma de ver, totalmente inconstitucionales.
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