Aruba

Popurrí de fin de semana

Como saben desde hace un tiempo ya dedicamos los viernes al relax aquí en The Post, de modo que el comentario del jueves es el último antes del fin de semana en relación a la atribulada realidad argentina.

En este caso también nos vamos a apartar del típico comentario monográfico que generalmente refiere y comenta un solo tema en estas columnas.

Hay varias cuestiones que concentran la atención esta vez.

La Dolarización

La dolarización es una propuesta que ha embelesado a una porción importante de la sociedad. Planteada varias veces en el pasado (incluso cuando aún estaba vigente la Convertibilidad y en ocasiones en donde estaba más a la mano técnicamente que ahora) siempre cayó -en parte, según creo- víctima de la inmanente guerra ideológica planteada en la Argentina desde mayo de 1810 (lo “nacional” contra lo “extranjero” [en especial si huele a inglés] en la que el vencedor virtual de ese enfrentamiento impuso la idea de que todo lo que tuviera un tufillo foráneo era por definición perverso) y nunca logró superar las escaramuzas iniciales de un planteo teórico.

Esta vez, de la mano de la fuerza escénica de Javier Milei logró hacer base en una enorme franja de argentinos que están cansados de que el dinero se les escurra entre las manos y de que el fruto de su trabajo se deprecie minuto a minuto a manos de gobiernos irresponsables que, paradójicamente enarbolando un nacionalismo hueco, han destruido la moneda local.

Sin embargo, a seis semanas de las elecciones presidenciales reina una confusión total respecto de ese tema. En los extremos se ubican, por un lado, los que creen que, como ganan $100000, van a pasar a ganar U$S 100000 y por el otro los que creen que se puede dolarizar casi sin traumas por una simple conversión al tipo de cambio libre vigente hoy en la Argentina (que podríamos situar alrededor de $750 teniendo en cuenta la cotización de los dólares financieros). En medio de estos dos extremos se ubican los que niegan rotundamente que se pueda dolarizar bajo las circunstancias actuales.

Alrededor de este barullo hay millones de personas desorientadas que, respecto de esta cuestión, no saben donde están paradas.

Por lo tanto, como corolario de este primer comentario, diríamos que sería interesante que hubiera de parte de los equipos técnicos de los candidatos una voz definitiva que traiga claridad a la gente que probablemente decida su voto según sea lo que le expliquen respecto de este punto.

Otra cuestión en cuanto a la dolarización -esgrimida por quienes se le oponen- no tenía que ver con la técnica económico-financiera sino con aspectos constitucionales. Estos sectores decían que no se podía dolarizar sin reformar la Constitución porque es esta la que pone en cabeza del Congreso la facultad de crear un banco federal que emita moneda.

Esta discusión quedó ampliamente zanjada por la simple lectura del texto constitucional del que se deduce que, efectivamente, el Congreso tiene la “atribución” de crear un banco federal con la capacidad de emitir dinero pero no la “obligación” de hacerlo.

De modo que la ley que hasta ahora establecía la voluntad del Congreso de ejercer efectivamente esa atribución y crear un banco federal con la facultad de emitir moneda, puede ser cambiada por otra ley que manifieste una nueva voluntad del Congreso de dejar de ejercer esa atribución.

Recordamos aquí, según nos apunta Félix Lonigro, que luego de que la Constitución de 1853 estableció esta atribución del Congreso, circularon durante mucho tiempo en la Argentina decenas de monedas extranjeras (el peso chileno, el peso boliviano, la libra esterlina) y que la Corte avaló esa circulación y las transacciones ejecutadas con ellas como perfectamente constitucionales.

El desalojo de la ex jueza Ana Maria Figueroa

Como sabemos la reforma de la Constitución del año 1994 estableció que si bien los jueces duran en sus cargos mientras dure su buena conducta, para los que vayan a cumplir 75 años se requiere que al día anterior a su aniversario se cuente con un nuevo consentimiento del Senado para continuar en la magistratura. Si ese acuerdo no existe, el día que cumple 75 años debe cesar en sus funciones.

La Dra Ana Maria Figueroa que integraba la Cámara de Casación Penal cumplió 75 años el 9 de agosto. Si bien Cristina Fernandez de Kirchner (su jefa política) había mandado a sus acólitos del Senado a presentar el trámite para un nuevo acuerdo, este nunca llegó porque el bloque que responde a la vicepresidente no logró los votos para confirmar a quien Cristina le tenía confiado el cuidado de sus espaldas en los casos de corrupción que están pendientes en la Cámara, Hotesur-Los Sauces, entre otros.

Solo la ambigüedad a la que el kirchnerismo ha sometido a las instituciones argentinas hizo posible que durante un limbo que duró casi un mes, la Dra Figueroa siguiera ocupando su despacho y percibiendo sus remuneraciones porque la fuerza política que la sostenía impedía que se la removiera.

Finalmente intervino la Corte Suprema para traer claridad y certeza a la situación y simplemente dispuso el desalojo físico de Figueroa de su despacho.

Es bueno aclarar aquí que la Corte no “echó” a la okupa sino que simplemente le recordó que cesara en la comisión del delito de usurpación de cargo y títulos y que inmediatamente desocupara su despacho para que este pudiera ser ocupado por un juez que reuniera las condiciones constitucionales de legitimidad en el cargo, las mismas que ella había perdido el 9 de agosto.

La eterna delincuencia

El asesinato a sangre fría de Mariano Barrientos puso una vez más en evidencia la calamidad en la que viven los argentinos honrados, pendientes de los que decidan los delincuentes sueltos que pululan por las calles libremente gracias a la concepción que el zaffaronismo kirchnerista impuso en la interpretación de la ley penal.

Si bien el asesino (que fue apresado esta semana y que contara incluso por su propia boca cómo fueron los hechos) es mayor de edad (y que, obviamente, estaba suelto pese a su frondoso prontuario criminal) la cuestión volvió a traer a la escena la discusión sobre cuál deber ser la edad en la que se comience a ser penalmente responsable tal como lo es un mayor de edad.

Actualmente impera en el país el límite de los 16 años, igual que en Cuba. En el resto del mundo civilizado (incluso en algunos lugares no tan “civilizados” como Venezuela, por ejemplo) ese límite se ubica en los 14 años.

A esta altura no es ya extraño para nadie la táctica criminal de mandar a jóvenes de hasta 16 años (a los que entrenan en el mundo del hampa) para que comentan delitos y luego no se los pueda juzgar como adultos.

Pero, además, a esto se suma la idea que surge del mismísimo curso corriente de las cosas en el sentido que un “chico” de mucho menos de 16 años sabe que matar a otra persona está mal. (Quizás sea bueno recordar aquí, de paso, que, justamente, matar es delito porque esta mal; no está mal porque es delito).

Es probable que, en efecto, un “chico”, no tenga la capacidad de discernir la legalidad o la ilegalidad de otras cuestiones reguladas en el Código Penal, por ejemplo,el libramiento de un cheque sin fondos. Pero no hay ninguna duda que cualquier “chico” incluso menor de 14 años (ni hablar de 16) sabe que matar esta mal.

Por eso el tema no solo es urgente de ser abordado para cambiarlo, sino que es interesante como concepción más amplia de la vida. De nuevo: las conductas que se transforman en tipos penales del código no son “malas” por estar escritas allí; estan escritas allí porque son malas. Todo lo cual nos recuerda que la ley jurídica positiva no es más que un ordenamiento burocrático de un orden anterior que surge del curso corriente de las cosas y que debe coincidir con un orden natural impuesto por el cosmos, antes que por las ocurrencias de un puñado de hombres.

Por Carlos Mira
Si querés apoyar a The Post Argentina, podés hacerlo desde aquí
o podés comprarnos un Cafecito.
>Aruba

2 thoughts on “Popurrí de fin de semana

  1. Andrés

    Hola Charly;
    La claridad conceptual que tenes sobre lo que dice la Constitución con respecto a la moneda, junto a la historia que da jurisprudencia, muestra la intencionalidad de los que quieren ver limitaciones constitucionales a la dolarizacion.
    Lo que la gente tiene en claro que sin moneda estable es imposible tener una economía pujante y competitiva. Además es una restricción a los derechos propiedad garantizados por la misma constitución y es justamente la existencia de los derechos de propiedad la esencia para que funcione el capitalismo; el sistema que más individuos ha sacado de la pobreza. Sin moneda es un imposible ahorrar para el que no tenga formación financiera. Si no se puede ahorrar, ni hay forma de perseguir los sueños, no hay forma de prosperar.
    Es una muy buena noticia que la Corte Suprema haya marcado la cancha y aclarado la situación con respecto a la jueza Figueroa, también generando jurisprudencia.
    Y es triste el nivel de impunidad de los delincuentes . Este tema lamentablemente llevará bastante tiempo resolverlo. Pero seguramente con determinación política es un problema que se puede resolver.
    No tengo dudas que Milei será Presidente y que tiene la inteligencia, la energía y el equipo para producir la transformación que los Argentinos de bien queremos.

  2. Carlos

    El Socialismo no funciono en ningun Pais q se aplico ni en Cuba ni en ningun
    Lugar solo trajo miseria y delincuencia
    Xq iba a funcionar aqui.
    Ojala recorramos el camino inverso proximamente depende de nosotros recorrerlo el Sistema q impera aca esta
    Mal y debe ser modificado.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.