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El Procurador General y la Ley de Ministerio Público

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En medio del esquizofrénico debate sobre la inseguridad -en donde al mismo tiempo la sociedad (o parte de ella) tiene al tema como su preocupación número uno pero se alarma porque Chocobar mata a un homicida (porque más allá de que Wolek se salvó, no caben dudas que el delincuente quiso matarlo de más de 10 puñaladas) y pide que la Justicia actúe contra el policía- en silencio y sin que nadie sepa mucho sobre el tema, el gobierno se dispone a nombrar al sucesor de Gils Carbó.

Recordemos que la procuradora saliente era, en realidad, un agente no-encubierto al servicio de una facción política que, entre otras cosas, había invadido Tribunales con una tropa de fiscales que respondía a los intereses de esa formación política.

Estando aun Gils Carbó en su puesto el gobierno consideraba tan peligrosa su existencia que pensó en echarla por un decreto que, de paso, sentara las bases para la modificación de la legislación que regula el Ministerio Público.

Dio marcha atrás en su intención porque se encontró con una fuerte resistencia interna liderada por Elisa Carrió que consideró que no era la manera.

De todos modos, la idea era -más allá de la impresentable figura de Gils Carbó de quien nunca sabremos todo el daño que le causó a la República- establecer una legislación del Ministerio Público que impidiera en el futuro que un episodio como el de la líder de Justicia Legítima pudiera repetirse, entre otras cosas, el término sine die de su mandato (atacado por inconstitucional toda vez que la Constitución no prevé al Procurador General como entre los funcionarios que requieren juicio político para su destitución, como había establecido la ley kirchnerista) y el poder casi absoluto para hacer circular fiscales por las jurisdicciones que a ella se le ocurrieran.

Todo hacía esperar que, ahora que Gils Carbó dio un paso al costado, podría avanzarse en un cambio de las regulaciones del ministerio público para evitar construir allí un foco de poder enquistado en medio de un gobierno que quede preso de sus caprichos.

En este lugar es interesante traer al relato el ejemplo de los Estados Unidos -de cuya Constitución la nuestra es un derivado- en donde el Procurador Fiscal presenta su renuncia cuando el presidente termina su mandato para darle a éste la posibilidad de enviar al Senado la sugerencia de un nombre de su preferencia, para que la Cámara alta lo analice y lo consienta.

Ahora parece ser que el gobierno ha acordado con la oposición peronista del Senado en dejar la ley del Ministerio Público sin tocar y avanzar en el nombramiento consensuado de un nuevo titular.

Al mismo tiempo, habría acuerdo entre el poder ejecutivo y los senadores para implementar la reforma procesal penal, el sistema acusatorio y poner las investigaciones en cabeza de los fiscales, que dependerán de un nuevo procurador que será elegido por Mauricio Macri y conservará de ese modo todo el poder que tenía la procuradora anterior.

El ministro Garavano y Urtubey (el senador, hermano del gobernador) acordaron en avanzar sobre el nuevo Código Procesal Penal y darle tratamiento inmediato a partir de que el Congreso reinicie sus sesiones en marzo. En ese mismo ámbito se habría decidido detener la reforma de la ley del Ministerio Público con la inocente excusa de que “no parezca que ello tiene influencia en la designación del nuevo procurador”.

El acuerdo entre gobierno y oposición seguramente va a abarcar también lo que la ministro Bullrich llamó “cambio de doctrina” en el caso Chocobar, según la cual el proceder de un agente del orden se presume legal cuando se produce en el marco de un enfrentamiento o ante un delito flagrante.

El tema aquí es que no parece del todo prolijo que el gobierno, ahora que Gils Carbó no está, le parezca fantástica la ley que la sostenía, que la hacía posible y que -con toda razonabilidad- postulaba modificar.

Si bien fuentes del Ejecutivo dijeron que el acuerdo fue alcanzado a instancias de la oposición, que prefirió no modificar la norma en este momento a cambio de avanzar rápidamente en los otros campos de reforma como la “ley de víctima”, la posibilidad de rejuzgamiento en caso de cosa juzgada írrita, la ley de testigos protegidos, y la regulación de las prisiones preventivas, no es demasiado consistente el haber vapuleado

-con razón- la ley kirchnerista de ministerio público (que hizo posible el fenómeno Gils Carbó) y ahora que ella no está y con la posibilidad de elegir un procurador “propio”, mirar para otro lado y dejar vigente el adefesio legal anterior.

Es en casos como éste en donde la coherencia del gobierno de Macri se pone a prueba y donde debe dar muestras de consistencia.

La ley del Ministerio Público debe cambiarse. No necesariamente porque haya sido dictada por el gobierno anterior sino porque es una ley mala que pone sobre los argentinos la espada de Damócles de que episodios como el de Gils Carbó (tan adefesio como la ley) se repitan en el futuro.

Un país no puede proyectarse sobre un escenario basado en la “bondad”, en la “previsibilidad” o en la “racionalidad” de las personas que circunstancialmente están a cargo del poder.

A algunos les puede parecer que Macri es un presidente muy medido y que no hará un uso inapropiado y extralimitado de una norma que en teoría se lo permite. Pero las Repúblicas no pueden depender de la casualidad o de la “bondad” de los gobernantes. Deben estar jurídicamente preparadas para evitar lo peor y para que el sistema de libertades ciudadanas no se vea amenazado por el poder público en ninguna de sus formas.

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